miércoles, 20 de noviembre de 2024
Tema: Regulación del ingreso a los eventos de fútbol como medida para garantizar la seguridad y convivencia en los estadios. Proyecto de Decreto "Por medio del cual se deroga el Decreto 1622 del 2022 y se adiciona la Parte 17 del Libro 2 del Decreto 1085 de 2015".
Objetivo: Socializar con la ciudadanía el proyecto de decreto por medio del cual se deroga el Decreto 1622 del 2022 y se adiciona la Parte 17 del Libro 2 del Decreto 1085 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo del Deporte para obtener opiniones, sugerencias o propuestas alternativas.
Antecedentes: El Ministerio del Deporte de conformidad con el artículo 31 del Decreto - Ley 1228 de 1995, tiene la competencia de velar por el cumplimiento de las disposiciones de seguridad, comodidad y convivencia en el marco de eventos de fútbol; sin pena de ordenar la suspensión o aplazamiento de eventos deportivos si su realización no atiende las normas deportivas, o cuando los escenarios no tengan las condiciones físicas y sanitarias adecuadas, o en caso que no se garantice la seguridad de los participantes o espectadores.
Ley 1270 de 2009 creó la Comisión Nacional de Seguridad, Comodidad y Convivencia en el Fútbol, como organismo asesor del Gobierno nacional en la implementación de políticas, planes y programas, así como en la ejecución de estrategias dirigidas a mantener la seguridad, comodidad y convivencia en la organización y práctica de este espectáculo deportivo. Asimismo, le asignó la función de diseñar y promover mecanismos necesarios para conformar y alimentar periódicamente un sistema de información de aquellas personas que han cometido o provocado actos violentos o que hayan alterado la convivencia dentro de los escenarios deportivos destinados a la práctica de fútbol o en su entorno, también la competencia de diseñar los protocolos que se deben cumplir para que los organizadores de este espectáculo y las autoridades competentes puedan tomar medidas sobre restricciones de acceso y exclusiones, temporales o definitivas, de aficionados o espectadores, por otro lado, la función de recomendar el cierre temporal o definitivo a las autoridades competentes de aquellos estadios que no ofrezcan las condiciones mínimas de seguridad requeridas para la realización de este espectáculo deportivo.
Requisitos o reglas de participación: Se permitirá a la ciudadanía participar a través de la página web del Ministerio del Deporte por el término de quince (15) días calendario a partir de la fecha de publicación del proyecto de Decreto "Por medio del cual se deroga el Decreto 1622 del 2022 y se adiciona la Parte 17 del Libro 2 del Decreto 1085 de 2015".
Resultados esperados: Recibir opiniones, observaciones o sugerencias con relación al presente proyecto de decreto que se pretende expedir.
Metodología: Consulta estructurada.
Clic aquí para consultar documento.
Clic aquí para consultar la Memoria Justificativa.
Link para participar: https://forms.office.com/r/R1U0mL4vRv
Clic aquí para conocer las respuestas de la ciudadanía.
Objetivo: Socializar con la ciudadanía el proyecto de decreto por medio del cual se deroga el Decreto 1622 del 2022 y se adiciona la Parte 17 del Libro 2 del Decreto 1085 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo del Deporte para obtener opiniones, sugerencias o propuestas alternativas.
Antecedentes: El Ministerio del Deporte de conformidad con el artículo 31 del Decreto - Ley 1228 de 1995, tiene la competencia de velar por el cumplimiento de las disposiciones de seguridad, comodidad y convivencia en el marco de eventos de fútbol; sin pena de ordenar la suspensión o aplazamiento de eventos deportivos si su realización no atiende las normas deportivas, o cuando los escenarios no tengan las condiciones físicas y sanitarias adecuadas, o en caso que no se garantice la seguridad de los participantes o espectadores.
Ley 1270 de 2009 creó la Comisión Nacional de Seguridad, Comodidad y Convivencia en el Fútbol, como organismo asesor del Gobierno nacional en la implementación de políticas, planes y programas, así como en la ejecución de estrategias dirigidas a mantener la seguridad, comodidad y convivencia en la organización y práctica de este espectáculo deportivo. Asimismo, le asignó la función de diseñar y promover mecanismos necesarios para conformar y alimentar periódicamente un sistema de información de aquellas personas que han cometido o provocado actos violentos o que hayan alterado la convivencia dentro de los escenarios deportivos destinados a la práctica de fútbol o en su entorno, también la competencia de diseñar los protocolos que se deben cumplir para que los organizadores de este espectáculo y las autoridades competentes puedan tomar medidas sobre restricciones de acceso y exclusiones, temporales o definitivas, de aficionados o espectadores, por otro lado, la función de recomendar el cierre temporal o definitivo a las autoridades competentes de aquellos estadios que no ofrezcan las condiciones mínimas de seguridad requeridas para la realización de este espectáculo deportivo.
Requisitos o reglas de participación: Se permitirá a la ciudadanía participar a través de la página web del Ministerio del Deporte por el término de quince (15) días calendario a partir de la fecha de publicación del proyecto de Decreto "Por medio del cual se deroga el Decreto 1622 del 2022 y se adiciona la Parte 17 del Libro 2 del Decreto 1085 de 2015".
Resultados esperados: Recibir opiniones, observaciones o sugerencias con relación al presente proyecto de decreto que se pretende expedir.
Metodología: Consulta estructurada.
Clic aquí para consultar documento.
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Link para participar: https://forms.office.com/r/R1U0mL4vRv
Clic aquí para conocer las respuestas de la ciudadanía.
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