Uso de la bandera de Colombia en eventos del sector deportivo
COLDEPORTES invita a los miembros del Sistema Nacional del Deporte y a la comunidad en general, a tener en cuenta la siguiente información, con respecto a la utilización de la Bandera en eventos deportivos y durante los actos protocolarios que requieran de su uso:
Según el artículo 12 del Decreto 1967 de 1991 por la cual se reglamenta el uso de los símbolos patrios, "La bandera nacional con escudo incorporado, solamente podrá ser usada por el Presidente de la República y los Cuerpos Armados de la Nación, denominándose Bandera de Guerra".
En este sentido, la Bandera con el Escudo de Armas de la República de Colombia solo pude ser usada por el Presidente de la República y en las banderas de guerra del Ejército, las cuales llevan en el centro el escudo de armas de la República, enmarcado en una circunferencia de terciopelo rojo.
Por lo anterior, se solicita a los miembros del sector que en los actos protocolarios relacionados con el deporte, la recreación o la actividad física, se use la bandera sin el escudo.