Ministerio del Deporte

Presidente Iván Duque promulga la Ley de la Tasa Pro Deporte y Recreación

miércoles, 29 de julio de 2020

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Presidente Iván Duque promulga

La divulgación y promulgación de la ley por la cual se faculta a las Asambleas y Concejos distritales o municipales para crear una tasa de hasta 2.5 % tiene como propósito fomentar el deporte y la recreación.

Prensa Mindeporte

Bogotá, D.C., 29 de julio de 2020. Como resultado del trabajo mancomunado entre el Gobierno Nacional y el Congreso de la República, órgano bicameral que aprobó por unanimidad el proyecto, el presidente de la República, Iván Duque, sancionó la Ley Tasa Pro Deporte que brindará apoyo a las regiones para el crecimiento del deporte en Colombia.

En este sentido, el primer mandatario de los colombianos, acompañado por el ministro del Deporte, Ernesto Lucena Barrero, y deportistas, divulgó y promulgó la ley que consolida el compromiso con los atletas y las regiones que, por medio del deporte y la recreación, esperan impulsar programas para el desarrollo y formación integral de sus habitantes.

"Con la creación del Ministerio del Deporte le hemos cumplido a Colombia. Hemos innovado con iniciativas como Becas por impuestos, en la que quien aporte a la formación y manutención de un deportista podrá descontarlo de su declaración de renta; La marca Colombia Tierra de Atletas es un sello que además de impulsar la formación integral, es una apuesta de país por la sana convivencia", indicó el presidente Duque. "Esta Tasa Pro Deporte se traduce en más recursos para nuestros deportistas, porque el deporte es salud, es prevención frente al acecho de las drogas, es disciplina", agregó.

La sanción presidencial de la ley permite a los diferentes territorios la administración de los recursos recaudados por cuenta de la tasa y cuya finalidad es:

1. Apoyo a programas del deporte, la educación física y la recreación para la población en general.

2. Apoyo a programas que permiten la identificación de talentos deportivos y el fortalecimiento de la reserva deportiva, orientados hacia el alto rendimiento deportivo convencional y paralímpico; de incentivos económicos a los atletas y entrenadores medallistas en ciertos certámenes deportivos.

3. Apoyo en programas para los atletas de alto nivel competitivo y con proyección a él.

4. Adquisición de elementos e instrumentos básicos de formación deportiva.

5. Apoyo, mantenimiento y construcción de infraestructura deportiva

6. Apoyo para la participación de atletas y deportistas en diferentes competencias a nivel nacional e internacional.

7. Apoyar programas enfocados en incentivar la salud preventiva mediante la práctica del deporte y los hábitos de alimentación sana y saludable.

Es de resaltar que hasta un 20 % se destinará a refrigerios y transporte para niños y niñas en condiciones de pobreza y vulnerabilidad, y se exceptuarán de la Tasa Pro Deporte los convenios y contratos de condiciones uniformes de los servicios públicos domiciliarios, de prestación de servicios suscritos con personas naturales, educativos y los que tienen que ver con el refinanciamiento y el servicio de la deuda pública. 


Ley 2023 del 23 de julio de 2020

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