Foto: La asistencia técnica para proyectos de infraestructura está orientada únicamente para entes territoriales públicos.
Entérese de los pasos a seguir
Prensa Mindeporte
Bogotá 14 de febrero de 2024. Con escenarios para la vida. Así se fomentará el deporte, la actividad física y la recreación en Colombia, y, una de las aristas es el fortalecimiento de la infraestructura deportiva en todo el territorio nacional.
¿Cómo se radican los proyectos de infraestructura deportiva en el país?
El enfoque debe estar puesto en la resolución 896 de julio de 2022, "Por la cual se definen las condiciones y el alcance de la asistencia técnica que brinda el Ministerio del Deporte para la formulación de proyectos de infraestructura deportiva y recreativa, se establecen los requisitos de presentación y evaluación de estos y los criterios para priorizar la asignación de recursos de financiación".
En la resolución está contemplado que los proyectos deben ser presentados por parte de la entidad territorial en fase III, lo cual significa que deben contar con estudios y diseños completos. Estos deben ser entregados de forma física en las instalaciones del ministerio, en CD, disco o USB. Sin embargo, cuando el proyecto cuenta con un nivel avanzado de revisión, se exigen las carpetas con la documentación impresa. (En el siguiente enlace encontrarán los documentos mínimos requeridos)
Cuando el proyecto es radicado, el equipo técnico hace una revisión y verificación del cumplimiento de los requisitos técnicos, jurídicos y financieros establecidos en la mencionada resolución. Durante el proceso, la entidad tiene contemplado brindar asistencia técnica a los proyectos de infraestructura en tres fases: antes, durante y después de la presentación de un proyecto.
- Primera fase (antes): cuando el municipio tiene una iniciativa que todavía no ha cogido forma, que tiene pensado hacer algo, pero no tiene toda la información. Lo que hace el ministerio es que un profesional o varios brindan orientación al ente territorial para encaminarlos hacia el proyecto que quieren presentar.
- Segunda fase (durante): en el momento en el que algún proyecto presentado por un ente territorial ya recibió unas observaciones y necesita orientación porque no son claras o tienen algunas dudas, entonces, en ese proceso se mantiene la asistencia técnica del ministerio.
- Tercera fase (después): esta solo aplica cuando un proyecto no tiene el concepto técnico sectorial favorable, pero requiere la asistencia para mirar los alcances y definir otras alternativas.
Una vez proyecto cumpla con los requisitos técnicos, jurídicos y financieros la entidad emite el concepto técnico sectorial favorable, que es el requisito inicial para recibir los recursos de cofinanciación del ministerio.
¿Quiénes pueden radicar proyectos de infraestructura?
La asistencia técnica para proyectos de infraestructura está orientada únicamente para entes territoriales públicos: alcaldías, universidades, gobernaciones, escuelas y/o todos los entes públicos que tengan la pretensión de recibir recursos de la nación.
¡Avancemos juntos en la consolidación de Colombia como potencia de vida! Consulte aquí el Plan Estratégico Sectorial 2023-2026: