Prensa Coldeportes
COLDEPORTES, como organismo principal de la administración pública, del nivel central, rector del sector y del Sistema Nacional del Deporte, en ejercicio de las facultades de Inspección, Vigilancia y Control, se encuentra en la obligación de velar porque los organismos deportivos, dentro de los cuales se encuentran los Clubes Profesionales de Fútbol, en el ejercicio de su objeto social, cumplan la ley y los estatutos sociales, dentro de las que se encuentran efectuar oportunamente y dentro de los plazos legales, los pagos de las obligaciones laborales, como los pagos de salarios, seguridad social y parafiscales.
Por lo anterior, el Director del Departamento Administrativo del Deporte la Recreación, la Actividad Física y el Aprovechamiento del Tiempo Libre -Coldeportes, el día de hoy expidió el acto administrativo por el cual se declara la pérdida de ejecutoriedad de la Resolución No. 000166 del 10 de marzo de 2011, ?Por la cual se renueva el Reconocimiento Deportivo al Club Profesional denominado CORPORACION SOCIAL, DEPORTIVA Y CULTURAL DE PEREIRA ? CORPEREIRA?
Finalmente y de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 7 del Decreto Reglamentario 776 de 1996, una vez en firme la actuación administrativa, al perder fuerza ejecutoria la Resolución No. 000166 del 10 de marzo de 2011 ?Por la cual se renueva el Reconocimiento Deportivo al Club Profesional denominado CORPORACION SOCIAL, DEPORTIVA Y CULTURAL DE PEREIRA ? CORPEREIRA?, este organismo no podrá desarrollar actividades deportivas como integrante del Sistema Nacional del Deporte.
Bogotá D.C., 29 de octubre de 2013