Ministerio del Deporte

Coldeportes aclaró conceptos y normativas sobre fuentes de financiación

viernes, 06 de octubre de 2017

Coldeportes aclaró conceptos y Ampliar Imagen

Coldeportes aclaró conceptos y

Prensa Coldeportes

La Subdirección General de Coldeportes y la Oficina Asesora de Planeación socializaron, en el auditorio Adolfo Carvajal de la entidad, conceptos, lineamientos y normativas relacionadas con fuentes de financiación.

La reunión, contó con la participación de funcionarios del Departamento Nacional de Planeación, específicamente de la Dirección de Inversiones y Finanzas Publicas y de la Dirección de Desarrollo Social, además de representantes del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, desde la Dirección de Presupuesto General de la Nación y la Dirección de Apoyo Fiscal.
El espacio comenzó con una amplia y detallada presentación por parte de la jefe de la Oficina Asesora de Planeación, Pilar Pineda, quien se refirió al financiamiento del sector y las fuentes de financiación, donde se establecieron las modificaciones, normativas y reglamentaciones resultado de la Ley 1819 del 29 de diciembre de 2016 "por medio de la cual se adopta una reforma tributaria estructural".
Posteriormente, Luis Fernando Villota, subdirector de Fortalecimiento Institucional Territorial del Ministerio de Hacienda, realizó una ponencia en la que aclaró los conceptos que variaron de las fuentes del deporte con la Ley 1819 de 2016 y expuso lineamientos sobre las modificaciones relacionadas con el impuesto a los cigarrillos nacionales y extranjeros que se expenden en todo el territorio nacional (Ley 30/71 – Ley14/83). Durante su intervención dio a conocer que dicho gravamen seguiría con el mismo comportamiento.
El funcionario agregó que producto de reuniones realizadas con anterioridad, se procedió a realizar un decreto que se encuentra actualmente para fallo de la Presidencia de la República con el que se busca reglamentar los recursos del impuesto antes mencionado. "Frente a lo relacionado con el impuesto nacional al consumo aplicable al servicio de la telefonía móvil y como resultado de la Ley 1819 del 29 de diciembre de 2016, se dejó claro que es Coldeportes el encargado de reglamentar dichos recursos", explicó Pilar Pineda, jefe de la Oficina Asesora de Planeación de Coldeportes. (Escuchar audio)
Conclusiones por fuente:
- Frente al tema relacionado Impuesto Nacional al Consumo, aplicable al servicio de la Telefonía Móvil, y como resultado de la Ley 1819 del 29 de diciembre de 2016 se dejó en claro que es Coldeportes quien debe reglamentarlo.
- Ahora bien frente al tema del IVA cedido a Licores (Ley 788/2002) el doctor Villota aclaró las inquietudes de los participantes frente a este impuesto y su nueva reglamentación.
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