Ministerio del Deporte

Atleta Excelencia y Glorias del Deporte, compromiso irrestricto de Mindeporte con los atletas colombianos

viernes, 17 de febrero de 2023

Atleta Excelencia y Glorias de Ampliar Imagen

Foto: Elkin Serna, atleta que hace parte del programa Glorias del Deporte.
Atleta Excelencia y Glorias de

Los dos programas del Ministerio benefician a deportistas de ambos sectores, olímpico y paralímpico.

Prensa Mindeporte

Bogotá, febrero 17 de 2023. Apoyar y brindarles una atención y acompañamiento integral en su proceso de desarrollo deportivo de altos logros del país a los atletas de Colombia, es el objetivo primordial del programa de apoyo al Atleta Excelencia.

De igual manera, a aquellos que en el pasado fueron medallistas en campeonatos mundiales oficiales reconocidos por el Comité Olímpico Colombiano y el Comité Paralímpico Colombiano, o podio de Juegos Olímpicos y Paralímpicos, hoy en su retiro se les brindan estímulos a través del programa Glorias del Deporte. En la actualidad, son 69 los beneficiarios (64 del sector olimpico y 5 del paralímpico). En cuanto a Atleta Excelencia, el Ministerio del Deporte beneficia a 447 deportistas (345 del sector olimpico y 102 del paralímpico).

En la Colombia "Potencia mundial de la vida" resulta determinante brindarles continuidad a todos los programas sociales que contribuyan a la construcción del tejido social a través del acompañamiento integral a la población colombiana en general. Y los atletas de alto rendimiento no son la excepción.

Desde su llegada al cargo, la ministra del Deporte, María Isabel Urrutia, ha liderado la modificación de algunas resoluciones para mejorar los incentivos de los atletas colombianos. Sin embargo, dichos beneficios se ajustan a un proceso normativo.

Es así como las resoluciones que reglamentan los programas de Atleta Excelencia y Glorias del Deporte estipulan que no existe ningún vínculo laboral, ya que el pago que reciben los atletas mensualmente por pertenecer a ellos no es un salario sino un estímulo, sujeto a la disponibilidad presupuestal de la entidad y el trámite interno administrativo para su desembolso.

Así lo determina el artículo 21 de la Resolución No 222 de 2017 de Atleta Excelencia, al señalar que el ente rector "garantizará la entrega del apoyo que corresponda a la categoría en que se encuentran los atletas, previo cumplimiento de los requisitos y procedimientos establecidos. Los dineros entregados en virtud del programa constituyen un apoyo económico por los logros deportivos, razón por lo cual no se adquiere, ni se constituye ninguna relación laboral entre Coldeportes y los atletas. Estos recursos serán consignados en la cuenta personal de cada atleta, y estarán sujetos a la disponibilidad presupuestal".

De igual manera, en el artículo 5º de la Ley 1389 de 2010 de Glorias del Deporte, reglamentado por el Decreto 0448 de 2012, la expresión "pensión vitalicia" fue sustituida por el término "estímulo". Y agrega: "A las glorias del deporte actualmente reconocidas se les continuará entregando el estímulo al cual se hicieron merecedores de conformidad con el procedimiento indicado en los artículos 4°, 7° (Derogado por el artículo 7 de la Ley 1389 de 2010) y 8° del Decreto 1083 de 1997".

En atención a lo anterior, el grupo de Desarrollo Psicosocial de la Dirección de Posicionamiento y Liderazgo Deportivo de Mindeporte, ha adelantado las acciones administrativas, jurídicas, financieras y presupuestales, para el pago oportuno del mes de enero 2023 de ambos programas.

No obstante, el inicio de la vigencia fiscal implica varios procedimientos, por lo que se han venido adelantando todas las acciones tendientes a lograr que los desembolsos a mes vencido, como estipulan las resoluciones, sean realizados de manera oportuna, sujeto al cumplimiento de requisitos procedimentales y legales.

El Ministerio del Deporte resalta así el compromiso, la entrega y la dedicación que tienen nuestros atletas para la consecución de altos logros deportivos. Prueba de ello, es el aumento significativo en el presupuesto que se ha realizado para la presente vigencia, a las federaciones deportivas nacionales.

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