Proyecto de Decreto Único Reglamentario del sector deporte
El Departamento Administrativo del Deporte, la Recreación, la Actividad Física y el Aprovechamiento del tiempo Libre ?? COLDEPORTES ?? se encuentra en el proceso final de elaboración del proyecto de Decreto Único Reglamentario del Sector Deporte, que es un trabajo compilatorio de los decretos reglamentarios expedidos por el Presidente de la Republica en uso de las facultades conferidas por el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política de Colombia.
En dicho documento compilatorio, no se incluyeron artículos que en la actualidad no están vigente ya sea por derogatoria o modificación, no se realizaron modificaciones a los artículos originales de los decretos compilados ni se incluyeron nuevos textos normativos, a excepción de la actualización de algunos términos y nombres que a la fecha no tienen vigencia. Es importante manifestar que al final de cada artículo se cita la norma fuente.
Para nosotros es importante su opinión.
12 comentarios
afxucstd 2019-05-02 05:17:00
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Eliana Rivera Botero 2015-06-04 13:14:00
Parágrafo. Los eventos referidos en los numerales 1, 2 y 3, sólo podrán realizarse en los
niveles intramuros y municipal y serán auspiciados o subsidiados por el Estado. En los
eventos del numeral 4, el Departamento Administrativo del Deporte, la Recreación, la
Actividad Física y el Aprovechamiento del Tiempo Libre, COLDEPORTES y los Entes
Deportivos Departamentales se abstendrán de financiarlos, cuando implique
desplazamiento de niños fuera del municipio de su residencia.
Con respecto a este PARAGRAFO es muy importante que se elimine del articulado por que en deportes de iniciacion temprana como los clavados, la primera competencia nacional representando al Departamento es a los 10 años, y es el entre deportivo departamental quien debe financiarlo. Asi mismo, inicar a los 10 años en competencia nacional es requisito por que entre los 11 y 12 años, se presentan las primeras competencias internacionales como lo es el Panamericano Junior de Clavados.
wqnunudy 2019-05-02 05:16:00
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JOSE ROLANDO PALENCIA MANOSALVA 2015-06-03 06:40:00
El ejercicio que se esta realizando con el Decreto único del Sector Deporte es un trabajo compilatorio de decretos reglamentarios expedidos por el presidente de la republica en uso de las facultades Me parece que el DUR hace mucha falta, para ordenar un poco la legislación deportiva en Colombia, pero, al ser un ejercicio compilatorio no estamos facultados para realizar modificaciones al texto. Creo que es indispensable hacer una reforma a la LEY 181. - en el año 2013, asistí a unas actividades organizadas por COLDEPORTES, para la reforma de dicha Ley, pero parece que ese tiempo y dinero se perdieron.
kmyebpay 2019-05-02 05:16:00
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JOSE ROLANDO PALENCIA MANOSALVA 2015-06-03 06:34:00
Me parece excelente el DUR, pero sería mejor hacer una reforma a la LEY DEL DEPORTES o LEY 181Si el DUR es un "TRABAJO COMPILATORIO DE LOS DECRETOS trabajo compilatorio de los decretos reglamentarios expedidos por el Presidente de la Republica en uso hacerde las facultades conferidas por el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política de Colombia. - See more at: http://www.coldeportes.gov.co/index.php?idcategoria=69464#sthash.rwj4QpSB.dpuf
JOSE ROLANDO PALENCIA MANOSALVA 2015-06-03 06:21:00
Como ustedes lo dicen, si es un "TRABAJO COMPILATORIO DE LOS DECRETOS REGLAMENTARIOS EXPEDIDOS POR EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA" donde se están incluyendo únicamente los artículos vigentes, no veo porque hay concepto de reforma a los mismos. Me parece que es muy importante esta compilación, pero aún es mas importante actualizar la LEY 181, si queremos una verdadera reforma al deportes y su parte administrativa. En el año 2013 asistí a unas mesas organizadas por COLDEPORTES, sobre la modificación de la Ley 181, pero si este es el resultado de estas mesas, me parece que fue una pérdida de dinero y de tiempo. Reitero URGE UNA MODIFICACIÓN Y ACTUALIZACIÓN DE LA LEY 181 o "LEY DEL DEPORTE".
Graias
Gustavo Morales De León 2015-05-08 17:50:00
Transcurridos 20 años de haberse promulgado y sancionado la ley 181 del deporte, podemos decir que toda esa normatividad no solo quedó obsoleta sino que colapsó. Nos parece que con base en todo estos 20 años de experiencia, creo que lo que mejor se podría hacer, es simplificar la estructura del deporte asociado eliminándose los clubes deportivos de todos los deportes y crearse el mecanismo para que sean reemplazados por las instituciones educativas públicas y privadas, y las organizaciones comunales. Otra modificación es que se eliminen los organismos deportivos del orden departamental y/o del Distrito Capital (ligas) y crear los nombramientos de comisionados por deporte bajo la responsabilidad de los entes departamentales. Para el caso de las Federaciones que estas se constituyan con clubes de las instituciones educativas y organizaciones comunales para efectos de asambleas, y que su razón fundamental deba ser la afiliación al C.O.C y su representación internacional. Fundamental esta propuesta de modificar la creación de clubes y la eliminación de las ligas porque a la vista pública está la toma que muchos gerentes de los entes deportivos departamentales vienen haciendo porque son ellos los que manejan y toman decisiones sobre lo que les compete administrativa y deportivamente a los miembros de los órganos de administración de las ligas y de los clubes deportivos, con el argumento que son ellos los que manejan y disponen de los recursos económicos. En vista de esta evidente situación, se considera que por tener el manejo del dinero, pues que asuman el compromiso del fomento nombrando comisionados por deporte para que se les facilite su voraz apetito de desconocer a los dirigentes de las ligas. Pregunto: ¿Para qué tanto decretos y reglamentaciones si eso a la larga no va a permitir que se fomente el deporte en la base? Para qué tanto decretos y reglamentaciones si los gerentes y directores de institutos departamentales, distritales y municipales solo les interesa es seguir dándole un manejo burocrático y politiquero a los recursos provenientes del erario?
¿Para qué hacer esto, si Coldeportes a través de su oficina de inspección, vigilancia y control esquiva la responsabilidad de hacerle auditoría a los entes deportivos con el falaz argumento que eso le corresponde a las contralorías departamentales que están infectadas de corrupción? Me parece que Coldeportes debería abrir espacios distritales, municipales, regionales y nacionales para que hablemos abiertamente sobre el porqué de las muchas realidades de la crisis y el caos del deporte en
Colombia.
JUAN DIEGO CARDENAS P. 2015-05-07 15:16:00
Es clara la intención de codificar todas aquellas normas expedidas al respecto, para hacer mas fácil la labor a la hora de interpretar los casos relacionados. COLDEPORTES no tiene la facultad de expedir leyes por lo tanto solo se trata un ejercicio para ordenar y codificar todas estas normas difusas que se han creado, no obstante faltan aspectos como los estímulos de los deportistas concretamente, determinar un procedimiento mas expedito para resolver los procesos disciplinarios de los deportistas.
Giovanny Olarte Amado 2015-05-07 14:57:00
En el art. 2.8.1 parafo 3 linea 3 revisar ortografia. Está calria y presumo debe ser categoría...
REINEL PUENTES 2015-05-06 23:16:00
El solo hecho de leer el titulo Decreto Reglamentario Único Sectorial del sector Deporte deja entre ver que no se ha realizado un estudio serio que parta desde lo conceptual para luego adentrarse a una verdadera caracterización del Sector. Pues el solo hecho de elevar al Deporte como el todo del Sector es desconocer cada uno de los Campos y sus diferentes formas en las que se desarrolla cada uno de estos Campos.
Miremos como por ejemplo la ley 181 de 1995 plantea como posibles Campos al DEPORTE, la RECREACIÓN, EL APROVECHAMIENTO DEL TIEMPO LIBRE y a la EDUCACIÓN FÍSICA; y como la Secretaria Distrital de Cultura, Recreación y Deporte plantea en Bogotá al DEPORTE, la RECREACIÓN, la EDUCACIÓN FÍSICA, la ACTIVIDAD FÍSICA y EQUIPAMENTOS como Campos del Sector. Entonces, ¿no debería primero definirse conceptualmente que es cada campo y cuáles son las formas en las que se desarrolla cada uno de los campos para así poder definir de que Sector estamos hablando?.
Hay que considerar que mientras el Sector no este caracterizado se seguirá elevando al DEPORTE como el todo del Sector, y lo más grave, el DEPORTE ASOCIADO como una de las formas en las que se desarrolla el Campo del DEPORTE, le seguirá robando la importancia que merecen otras formas de desarrollo tales como el DEPORTE FORMATIVO y el DEPORTE SOCIAL COMUNITARIO las cuales deberían ser el alimento básico de todas las demás formas. Si esto ocurre en el Campo del Deporte, ¿Qué ocurrirá en los otros Campos del Sector que aún no han definido mínimamente sus formas de desarrollarse?... En fin, no queda más que hacer una invitación a COLDEPORTES a que nos aclaren estas inquietudes, y a que nos dejen de vender la idea de que estamos en el mejor momento del deporte colombiano (como lo expusieron en el pasado evento de economía y deporte) porque nos ganamos unas medallas y se construyeron unos escenarios, pues el Sector es mucho más que Deporte. Para que una vez aclarado esto se pueda hablar de Decreto reglamentario del Sector.
Anónimo 2015-05-30 09:03:00
Señores esta ley está de san parando a muchos deportistas que en su momento tomaron el deporte como su trabajo
pero por la ley 181 deja en la calle y en precariedad a muchos que han sido campeones panamericano y centoamericanos suramericanos mundiales juveniles mundiales mayores y Olímpicos
ya es hora que cambia esto y sobre cuando un deportista puede octar a su pesion tiene k estar viviendo precariamente una pregunta será que un cenador co seja tiene que vivir precariamente cuando termina n su legislación tienen k vivir precariamente
es es triste que nos traten así como si fuéramos lo peor
ahora los entrenadores k hacen a los atletas y no son entrenadores de la celecion no los once tiban y a muchos ni los co tratan viendo que es un trabajo que tienes k realizarlo de lunes a sabado cosa que los de al oficina solo están ....hasta el viernes y ya saben como
ya es hora que nos traten con dignidad
Anónimo 2015-05-17 23:49:00
Me identifico con la opinión de Reinel Puentes. Me parece oportuno señalar ademas; que el ejercicio que se esta llevando a cabo merece mas profundidad. Existen muchos desperfecto. La caracterización de cada sector resulta ser determinante. Desde mi punto de vista, existe un récord de normas que están mas enfocada
en el deporte asociado, hasta el punto que en los entes Territoriales se cree que es el eje con mayor valor descuidándose los ejes del deporte formativo. Otros por en cambio han creido que el tema y los recursos de la Educación física le corresponde a los entes de deporte dejando a un lado a las Secretarias de Educación quienes e dan otra interpretación al manejo de los recursos para este sector quedando la Ley 934 de 2004 como normas que carecen de dientes y ni que decir del deporte terapéutico normas como la reciente DECRETO 2771 DE JULIO 30 DE 2008 - POR EL CUAL SE CREA LA COMISIÓN NACIONAL INTERSECTORIAL PARA LA COORDINACIÓN Y ORIENTACIÓN SUPERIOR DEL FOMENTO, DESARROLLO Y MEDICIÓN DE IMPACTO DE LA ACTIVIDAD FÍSICA. en la que las secretarias de salud manejan por independiente los programas de estilo de vida saludable y los de Py P. Son escasos los departamento que ponen en practica la concurrencia, la coordinación, la cooperación y los principios de economía. Es notable ver que cuando un director de INDER quiere que la gran mayoría de estos programas y proyectos incluyendo los del deporte social comunitario, escuelas deportivas, los universitarios tengan su control y coordinación desde el ente departamental o municipal de deporte, se encuentra con la resistencia de los que se oponen a esta clase de manejo. Ante quien se acude para consultar o pedir apoyo ante casos diversos relacionados con el tema de deporte: Rta ante Coldeportes, que se nos responde?: Que los Entes territoriales tienen Autonomía y no es competencia de Coldeportes atender estas y demás inquietudes que se generan constantemente año tras año en los Municipios y Departamento. La gran mayoría de estas inquietudes dejan ver entonces que la parte mas delgada es decir la de las organizaciones deportivas son a las únicas que se le presta atención mientras que la fuga de talentos, incentivos, analfabetismo deportivo y destinacion de recursos para otros sectores en las entidades oficiales siguen en aumento no existe control a menos que se evidencien fallos de la justicia ordinaria. Conclusión: La actual cantidad de normas que en su gran mayoría existe solo aplica para clubes, ligas y federaciones eso es deporte asociado y el resto que?.
Escrito Royer Polo R.
Marcela Gonzalez Piñeros 2015-05-06 17:04:00
Con respecto a la compilación, si bien es cierto que no se debe alterar la normatividad vigente, seria bueno que si se hicieran algunas aclaraciones sobre algunos artículos que dejan vacíos jurídicos, por ejemplo en el caso de los organismos deportivos y sus asambleas (Decreto 380 de 1985 Art. 13) Articulo 2.3.2.4, dice que la convocatoria debe ser con 20 dias de antelación; pero a su vez dice que se comunicara por escrito con la antelación que establezcan los estatutos; de igual manera el manual de asambleas de organismos deportivos que expidió Coldeportes dice que la antelación debe ser de 15 días.
Asi las cosas, a que nos debemos acoger??
Gracias
ORLANDO CERON PORTILLA- orcepo@hotmail.com 2015-04-29 11:21:00
Considero MUY importante ,que POR FIN se legisle frente al deporte INFANTIL y al abuso y comercio de las ORGANIZACIONES deportivas , creo que se queda corto frente a legislar los l requisitos MÍNIMOS para orientar técnicamente a estos deportistas.
De otra parte sugiero que el reconocimiento deportivo de los organismos deportivos,se expida por el periodo estatutario de los órganos de administración. para un mejor control .
ORLANDO CERON PORTILLA- orcepo@hotmail.com [abr 29, 2015] 2015-05-20 15:59:00
Los aportes y sugerencias frente a la copilacion de este ejercicio de legislacion deportiva, deberian conciderarse , como aportes,par ser incluidos en el proyecto de reforma de la ACTUAL LEY DEL DEPORTE ley 181 de 1.995 )
Jose Leonardo Rodriguez Ariza 2015-05-05 10:29:00
buenos días señor Orlando,
El ejercicio que se esta realizando con el Decreto único del Sector Deporte es un trabajo compilatorio de decretos reglamentarios expedidos por el presidente de la republica en uso de las facultades conferidas por el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política de Colombia. Al ser un ejercicio compilatorio no estamos facultados para realizar modificaciones al texto.
Omar Romero Güiza 2015-04-29 09:40:00
Creo que en cuanto a la suspensión o revocatoria de los reconocimientos deportivos, sigue siendo demasiado laxo. Clubes y Ligas incumplen en muchos aspectos.... los institutos municipales y departamentales son permisivos en esa tipo de faltas y la mayoría son entidades de papel.
Anónimo 2015-05-05 10:31:00
buenos días señor Omar,
El ejercicio que se esta realizando con el Decreto único del Sector Deporte es un trabajo compilatorio de decretos reglamentarios expedidos por el presidente de la republica en uso de las facultades conferidas por el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política de Colombia. Al ser un ejercicio compilatorio no estamos facultados para realizar modificaciones al texto.
saul antonio 2015-05-04 21:41:00
veo que a un hay un vacio en la parte de los tecnicos deportivos o entrenadores donde no son tenidos encuenta, y seguira siendo su contratacion muy inestable.
y an el fondo son el motor del depore en colombia y el Mundo.