Sanción establecida por el legislador que opera sin necesidad de declaración judicial, por la violación a formalidades (domicilio social, convocatoria y quórum) exigidas en la ley o los estatutos para el funcionamiento de la asamblea de afiliados.
viernes, 25 de junio de 2010
Sanción establecida por el legislador que opera sin necesidad de declaración judicial, por la violación a formalidades (domicilio social, convocatoria y quórum) exigidas en la ley o los estatutos para el funcionamiento de la asamblea de afiliados.
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