Quien haya cumplido el proceso de afiliación establecido en los estatutos del correspondiente organismo deportivo, es decir, del Club Deportivo si el afiliado es persona natural, y de la Liga, Federación o Asociación Deportiva, si el afiliado es un Club Deportivo o Liga, y haya obtenido la resolución de afiliación.
Igualmente tiene la calidad de afiliado el grupo de personas en el caso de los Clubes Deportivos, o los Clubes Deportivos o Ligas en el caso de Ligas y Federaciones, respectivamente, que hayan constituido el organismo, y se denominaran afiliados fundadores o constituyentes, a menos que la Asamblea del organismo deportivo haya aprobado que se debe solicitar de nuevo afiliación.