En el deporte se refiere a una o varias de las siguientes infracciones:
a) La presencia de una sustancia prohibida o de sus metabolitos o marcadores en las muestras físicas de un deportista
b) El uso o tentativa de uso de una sustancia prohibida o de un método prohibido
c) Negarse o no someterse, sin justificación válida, a una recogida de muestras tras una notificación hecha conforme a las normas antidopaje aplicables, o evitar de cualquier otra forma la recogida de muestras
d) La vulneración de los requisitos en lo que respecta a la disponibilidad del deportista para la realización de controles fuera de la competición, incluido el no proporcionar información sobre su paradero, así como no presentarse para someterse a controles que se consideren regidos por normas razonables
e) La falsificación o tentativa de falsificación de cualquier elemento del proceso de control antidopaje
f) La posesión de sustancias o métodos prohibidos
g) El tráfico de cualquier sustancia prohibida o método prohibido
h) La administración o tentativa de administración de una sustancia prohibida o método prohibido a algún deportista, o la asistencia, incitación, contribución, instigación, encubrimiento o cualquier otro tipo de complicidad en relación con una infracción de la norma antidopaje o cualquier otra tentativa de infracción.