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Se firmó el decreto sobre beneficios tributarios para el Mundial femenino sub-20

viernes, 26 de abril de 2024

Se firmó el decreto sobre bene Ampliar Imagen

Foto: En la imagen se ve el logo para el Mundial Femenino sub-20, que es estilo trofeo inspirado en el río colombiano de Caño Cristales y representa la travesía que realizarán las jugadoras hasta el título
Se firmó el decreto sobre bene

La firma beneficia a entidades como la FIFA y contribuye al fortalecimiento económico del país.

Prensa Mindeporte

Bogotá, 26 de abril de 2024. El Ministerio de Hacienda expidió el decreto 0469 de 2024, en el cual se establecen las exenciones en materia tributaria asociadas a la Copa Mundial femenina sub-20, que se realizará en Colombia del 31 de agosto al 22 de septiembre del 2024 y que tiene como objetivo que se fortalezca la economía y el comercio en torno al certamen.

Los grupos y entidades que gozarán de las exenciones de impuestos, según quedó establecido en el Decreto, son la FIFA, sus filiales y delegaciones que asistan a los partidos, los equipos, funcionarios de juego, asociaciones miembros, confederaciones invitadas, personal y empleados de estas partes, con excepción de las jugadoras.

¿Cuáles son los beneficios tributarios?

La presente ley estableció los siguientes beneficios tributarios:

Exoneración del impuestos sobre la renta y complementario de ganancias ocasionales: quedó establecido que los ingresos recibidos por los beneficiarios desde el 29 de diciembre de 2023 y hasta un mes después de finalizado el torneo estarán exentos de este impuesto. Lo que incluye a la FIFA, sus filiales, delegación, equipos, funcionarios de juego, asociaciones miembros, asociaciones de miembros participantes y a miembros, confederaciones invitadas, personal y empleados de estas partes, con excepción de las jugadoras.

Exención del impuesto sobre las ventas IVA y gravamen a los movimientos financieros: durante el periodo no habrá lugar a retención en la fuente a título del impuesto sobre la renta y complementario de ganancias ocasionales sobre los pagos o abonos en cuenta que se efectúen a grupos y entidades beneficiarios. Tampoco habrá lugar a retención a título del gravamen a los movimientos financieros (GMF) sobre los pagos o abono en cuenta que realice la FIFA y/o filiales de la FIFA.

Así mismo, los beneficiarios tienen el derecho a la devolución total del valor del impuesto sobre las ventas (IVA) en productos o servicios adquiridos mediante factura electrónica de venta.

La medida busca apoyar el desarrollo exitoso del campeonato y consolidar a Colombia como una sede confiable para eventos deportivos internacionales, contribuyendo así al fortalecimiento de la economía y el comercio en el país.

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