Mindeporte

Grupo Interno de Trabajo Gestión Contable

martes, 16 de agosto de 2022

Hugo Germán Méndez

Funciones del Grupo Interno de Trabajo Gestión Contable

1. Proponer y asistir a la Secretaría General, en lo relacionado con la ejecución, desarrollo y control de las actividades relacionadas con la gestión contable del Ministerio del Deporte. REPÚBLICA DE COLOMBIA MINISTERIO DEL DEPORTE RESOLUCIÓN No. 000938 DEL 5 DE AGOSTO DE 2022 "Por la cual se modifica la Resolución No. 002359 del 3 de diciembre de 2019 que establece los Grupos Internos de Trabajo del Ministerio del Deporte y se asignan sus funciones" Página 7 de 11

2. Coordinar, registrar y controlar en el Sistema Integrado de Información Financiera SIIF las operaciones contables, las cuentas por pagar y las obligaciones contraídas por el Ministerio del Deporte de conformidad con las disposiciones legales vigentes.

3. Generar ante la DIAN el informe de medios magnéticos de conformidad con la reglamentación anual que se expida para tal fin.

4. Apoyar en la formulación de políticas, procesos y procedimientos relacionados con la gestión contable del Ministerio.

5. Efectuar las conciliaciones, verificaciones y análisis, contable y tributario, que garanticen la consistencia y razonabilidad de la información contable de la Entidad y la requerida por las autoridades fiscales y administrativas correspondientes.

6. Elaborar y presentar los Estados Financieros anuales y periódicos de la Entidad a la Contaduría General de la Nación, los órganos de control y demás usuarios que lo requieran de conformidad con las disposiciones vigentes.

7. Garantizar la sostenibilidad del saneamiento contable de los Estados Financieros de la Entidad en cumplimiento de la normatividad emitida por la Contaduría General de la Nación.

8. Elaborar los informes contables solicitados por la entidad, organismos de competencia o control y demás entidades que por la naturaleza de sus funciones así lo requieran.

9. Ejercer el seguimiento a la distribución y ejecución desde el orden contable, de la inversión producto del gravamen decretado en el artículo 2 de la Ley 30 de 1971, modificado por la Ley 1289/2009 - Impuesto a las cajetillas de cigarrillos nacionales que se expenden al público en todo el territorio nacional.

10. Coordinar con la Oficina Asesora de Planeación, la actualización y mejoramiento continuo de los procesos y procedimientos del Grupo conforme a las normas legales vigentes y necesidades de la Entidad y la estructuración de indicadores de gestión, que permitan medir y evaluar la eficiencia y eficacia del Grupo.

11. Las demás requeridas para el logro de los objetivos de la Entidad.

Correo: hmendez@mindeporte.gov.co 

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