Mindeporte

Infraestructura

lunes, 20 de abril de 2020

¿Qué tipo de proyectos de infraestructura Deportiva y/o Recreativa pueden ser presentados a Mindeporte?


Podrán presentarse en materia de infraestructura deportiva y recreativa proyectos para la construcción, ampliación, adecuación, modificación, reforzamiento y/o terminación de escenarios deportivos y/o recreativos.


¿Cómo deben formularse los proyectos de infraestructura Deportiva y/o Recreativa?


Deben ser formulados de conformidad con las metodologías y lineamientos que para el efecto defina el DNP, el Ministerio del Deporte y los organismos gubernamentales que aporten recursos para estas inversiones de conformidad con los requisitos señalados en el Decreto 1082 de 2015y demás normas concordantes.


¿Qué debo tener en cuenta en el proceso de planificación del proyecto?


Se deben considerar los tiempos que requiere el ente ejecutor para la maduración del proyecto, el desarrollo del proceso de selección del contratista ejecutor, el trámite de licencias, permisos y autorizaciones previas al inicio de la ejecución de los proyectos, ejecución del proyecto, puesta en funcionamiento.


¿Quién puede presentar un proyecto de infraestructura Deportiva y/o Recreativa?


Los proyectos serán presentados al Ministerio del Deporte por las entidades formuladoras de los mismos (entidades públicas), previa armonización con los planes de desarrollo correspondientes y revisión del cumplimiento de las características técnicas de los proyectos a financiar y de los requisitos mínimos de los proyectos a que se refieren los artículos 6 y 7 de la resolución 1616 de 2019. 


¿Cómo debe ser presentado un proyecto de infraestructura Deportiva y/o Recreativa?


Los proyectos que se presenten al Ministerio del Deporte deberán encontrarse a nivel de estudio fase III, es decir, diseños integrales, diseños de ingeniería de detalle, estudios técnicos aprobados por las entidades competentes en el municipio o distrito donde se ejecute el proyecto, licenciados y con los permisos requeridos según la naturaleza del proyecto. Toda la documentación aportada deberá venir en medio físico y digital, debidamente foliada. 


¿El Ministerio financia el valor total del proyecto incluyendo los estudios técnicos y diseños?


Las entidades públicas interesadas en presentar los proyectos, deberán cumplir con el aporte referente a estudios técnicos y diseños integrales y necesarios según el tipo del proyecto e infraestructura proyectada, así como acreditar el derecho real de propiedad o la ejecución de actos posesorios del inmueble donde se ejecutarán las obras, debidamente saneado, con los impuestos al día, la conexión o disponibilidad efectiva a servicios públicos domiciliarios, y con todas las demás exigencias establecidas al respecto.


Para los proyectos de infraestructura priorizados, el aporte del Ministerio del Deporte podrá cubrir hasta el 100% de los costos de la obra, de conformidad con los criterios definidos por la entidad 


¿Existe algún documento en el que se definan las condiciones generales para la presentación de proyectos de infraestructura Deportiva y/o Recreativa?


Si, el Ministerio del Deporte expidió la resolución 1616 de septiembre de 2019 "Por la cual se definen las condiciones generales para la presentación de proyectos de Infraestructura Deportiva y Recreativa, sus criterios de priorización y asignación de recursos para su ejecución" 


¿El Ministerio tiene establecido proyectos tipo de infraestructura Deportiva y/o Recreativa?


Sí, junto con el DNP se ha adelantado la formulación de 3 proyectos tipo los cuales son: Construcción y dotación parque recreo deportivo, Construcción y dotación de placa polideportiva cubierta y Construcción de cancha en grama sintética. Estos proyectos lo puede encontrar en el siguiente link: https://proyectostipo.dnp.gov.co/index.php?option=com_k2&view=itemlist&layout=category&task=category&id=92&Itemid=116 


¿El Ministerio del Deporte realiza mantenimiento a escenarios deportivos?


Según lo definido en el artículo 70 de la Ley 181 de 1995 el mantenimiento de lso escenarios deportivo corresponde a los municipios: "Los municipios, en cumplimiento de la Ley 12 de 1986, el Decreto 77 de 1986, y la Ley 60 de 1993, tendrán a su cargo la construcción, administración, mantenimiento y adecuación de los respectivos escenarios deportivos. El Instituto Colombiano del Deporte, Coldeportes (hoy MINDEPORTE) dará la asistencia técnica correspondiente".

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